CIRCULAR No. 065 / DESCUENTO INCAPACIDAD ENFERMEDAD GENERAL

Para: Directivos Docentes, Rectores, Docentes y Administrativos nombrados.

Teniendo en cuenta el Decreto 2943 del 17 de diciembre de 2013, “por el cual se modifica el parágrafo 1º del artículo 40 del Decreto 1406 de 1999”.

Esta Secretaría de Educación dará aplicación al decreto antes mencionado con respeto al pago de la incapacidad por enfermedad general.

El empleador solo pagará los dos (2) primeros días y a partir del tercer día se hará descuento.

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