Para: Docentes y administrativos de los establecimientos educativos oficiales del municipio de Pereira.
La Directora Administrativa de la Secretaria de Educación Municipal, convoca a reunión a las personas relacionadas a continuación, para realizar el procedimiento respectivo y conforme a la norma establecida con aquellos funcionarios (Docentes y Administrativos) que no reclamaron los bonos de dotación respectivos, en la vigencia del año 2013.
Para: Directivos Docentes.
Por medio de la presente se solicita que a partir de la fecha es de carácter obligatorio para los Rectores y Directores de Núcleo de los establecimientos educativos oficiales de Pereira, reportar mensualmente en el cuadro con nombre “Informe de Novedades”, todas las circunstancias que se presentan mes a mes con las fechas de inicio y de terminación de cada novedad reportada y en el cuadro de observaciones las fecha de reintegro de cada decente o administrativo por novedad reportada.
Para: Rectores y directores rurales
La Secretaria de Educación de Pereira y la Dirección Jurídica, convoca a los Directivos Docentes – Rectores y Directores Rurales de los establecimientos educativos oficiales del Municipio de Pereira, para que asistan a la capacitación que sobre contratación y aplicación de la Ley de garantías electorales
Para: Padres, Acudientes y Ciudadanía en general
La presente es para informar a la comunidad en general que, se encuentra una disponibilidad de cupos estudiantiles para iniciar las labores académicas del 2014, desde grado 0 hasta el grado 11 en las siguientes Instituciones Educativas.
PARA: Directores de Núcleo, Rectores y/o Coordinadores Programa 3011 Educación Jóvenes y Adultos.
Para el inicio de labores año 2014 en la educación de Jóvenes y adultos Programa3011, se debe cumplir con las siguientes condiciones.
1- Diligenciar el documento anexo criterios orientadores año 2014. (Hacer lectura completa por modificaciones que se le hacen.)
2- Los cupos mínimos para la disponibilidad presupuestal en la zona urbana deben ser de 25 Estudiantes por Ciclo y en la zona rural de 15.
3- Aplicar el articulado del Decreto 301 1 de diciembre de 1997, y ser muy rigurosos y estrictos en la verificación de las edades mínimas
4- Todo estudiante que sea atendido debe estar registrado como matriculado en el SIMAT, ya que se expedirá certificado de disponibilidad presupuestal con base en el recorte de este sistema.
5- El inicio de labores académicas será autorizado solo para aquellas Instituciones que cumplan con los lineamientos de la Secretaría de Educación al momento de validar con el rector el número de participantes matriculados mínimos por ciclo.
6- Manejar solo el calendario A, donde el ciclo inicia en el mes enero v finaliza en el mes de noviembre.