Teniendo en cuenta que las organizaciones sindicales SER, SINTRENAL SUBDIRECTIVA PEREIRA, SEMPEREIRA, USCTRAB, SINTRAEDUP, USDE, STC, y la señora DIANA CRISTINA GRISALES CALVO, en calidad de Secretaria de Gestión Administrativa del Municipio de Pereira, y el señor CARLOS JAIRO BEDOYA NARANJO, en calidad de Secretario de Educación del Municipio de Pereira, actuando como voceros del señor Alcalde en el marco de la mesa de negociación adelantada durante el año 2024, suscribieron acuerdo colectivo el día 30 de octubre de 2024. Más información en el adjunto-
La Secretaria de Educacion Municipal de Pereira, se permite publicar la Resolución No.008670 del 19 de septiembre de 2025, por medio de la cual POR LA CUAL SE CONVOCA EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS PARA LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTE AL SERVICIO DE ESTA ENTIDAD TERRITORIAL, QUE SE RIGEN POR EL DECRETO LEY 1278 DE 2002, ESTABLECIDO POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, MEDIANTE DECRETO 0953 DEL 01 DE SEPTIEMBRE DE 2025
La Secretaría de Educación Municipal, a través de la Dirección Operativa de Talento Humano, informa a los empleados de Carrera Administrativa que se realiza el primer llamado para la siguiente convocatoria. En este sentido, es necesario que actualicen la información de sus hojas de vida, de manera física en la Dirección Administrativa de Talento Humano de la Alcaldía de Pereira (RP), como en la Secretaría de Educación (historias laborales para funcionarios “SGP”).
En este sentido, y teniendo en cuenta el cargo inmediatamente anterior como primer factor de depuración y el cumplimiento de los requisitos del cargo según el Manual de Funciones y Competencias Laborales del Decreto 901 del 06 de diciembre de 2018, se relacionan los cargos a proveer, así como la descripción de cada uno de ellos. Se anexan a la presente circular las fichas de los manuales de funciones.
Actos administrativos de provisión de los empleos de la planta central de la Alcaldía de Pereira.
En atención al Decreto 1075 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, el cual precisa que las Audiencias Públicas se desarrollarán con la reglamentación que para el efecto establezca la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC y, en concordancia con la Resolución N°10591 del 22 de agosto de 2023, por la cual, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, reglamentó “las audiencias públicas de escogencia de vacante definitiva en establecimiento educativo, de conformidad conlas listas de elegibles para proveer empleos que se rigen por el sistema especial de carrera docente y se deroga la Resolución No. CNSC - 20202000120575 del 3 de diciembre de 2020.”