CIRCULAR No. 088 / DISFRUTE DE VACACIONES Y TRASLADOS

Para: Directivos Docentes

La Secretaría de Educación teniendo en cuenta el Decreto 1095 del 25 de diciembre de 2012 "Por medio del cual se adopta el reglamento territorial sobre calendario academia escolar correspondiente al año lectivo 2012, para los establecimientos educativos oficiales de educación formal del Municipio de Pereira y, se dictan otras disposiciones”,  en su Artículo Segundo, establece que el PERIODO DE VACACIONES para Docentes y Directivos Docentes será de Siete (7) semanas, comprendidas entre el 25 de junio y el 8 de julio para el primer semestre, se permite informar que no adelantará ninguna suspensión del disfrute vacacional, toda vez que tiene previsto normalizar y regularizar periodos acumulados.

De igual manera, comunica a los Docentes y Directivos Docentes que durante el segundo semestre académico no procederá con la autorización de traslados ordinarios, salvo los casos excepcionales que reglamenta el Decreto 520 del 17 de febrero de 201q en su artículo Quinto el cual faculta a la autoridad nominadora realizar el traslado de docentes o directivos docentes mediante acto administrativo debidamente motivado, en cualquier época del año lectivo, sin sujeción al proceso ordinario de traslados de que trata este Decreto cuando se originen en: (Descargar Circular)

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