Para: Rectores y Directores de Instituciones Oficiales y Privadas.
De conformidad a las instrucciones emitidas por la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Educación Nacional sobre los útiles inútiles y el uniforme escolar, la Secretaria de Educación Municipal de Pereira establece los siguientes parámetros.
Se debe Tener en cuenta lo que establece el artículo 4º del Decreto 2253 de 1995, se denominan otros cobros periódicos las sumas que se pagan por servicios del establecimiento educativo privado, distintos de matrícula, pensión, transporte, alojamiento y alimentación. Estos deben ser fijados de manera expresa en el Manual de Convivencia -incluido en el PEI y comunicado a los padres de familia durante el proceso de matrícula-, previa aprobación del Consejo Directivo del establecimiento educativo.