Acto Administrativo a notificar: Resolución 3068 del 29 de marzo de 2019, “POR MEDIO DE LA CUAL SE REVOCAN LAS RESOLUCIONES No. 6781 DEL 18 DE JULIO DE 2018 Y 566 DEL 28 DE ENERO DE 2019”.
Sujeto a notificar: DIANA MARÍA ECHEVERRI TORRES – C.C. 42.126.015
Fundamento del Aviso: imposibilidad de realizar notificación personal según correo electrónico enviado el 02 abril de 2019, al buzón electrónico que reposa en la base de datos del fondo de prestaciones: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y oficio con consecutivo No. 14413 del 02 de abril de 2019 dirigido al señor(a) DIANA MARÍA ECHEVERRI TORRES, toda vez que el email no fue devuelto y el oficio se entregó en la dirección: Molivento de las Villas II Torre II Apartamento 504, siendo recibida el 09 de abril de 2019, lo que indica que las direcciones son correctas; adicionalmente el día lunes 22 de abril de 2019 siendo las 3:15 pm, se contactó telefónicamente al No. 3216674707 aportado con el escrito de solicitud de revocatoria, siendo imposible establecer comunicación.
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PEREIRA, Hace saber que, mediante correo electrónico enviado el 02 abril de 2019, al buzón electrónico que reposa en la base de datos del fondo de prestaciones: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y con oficio consecutivo 14413 del 02 de abril 2019, dirigidos a (el) (la) señor(a) DIANA MARÍA ECHEVERRI TORRES, se comunicó que la SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PEREIRA, expidió la Resolución 3068 del 29 de marzo de 2019, " POR MEDIO DE LA CUAL SE REVOCAN LAS RESOLUCIONES No. 6781 DEL 18 DE JULIO DE 2018 Y 566 DEL 28 DE ENERO DE 2019”.
En dicho correo y misiva, se indicaron las condiciones de modo, tiempo y lugar para efectuar la notificación del acto administrativo, del cual el (la) señor(a) DIANA MARÍA ECHEVERRI TORRES figura como interesado(a). Que en vista de la imposibilidad de notificar personalmente a (el) (la) señor(a) ECHEVERRI TORRES, en aplicación a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, se procede a realizar la notificación por aviso de la ya referida Resolución; adjuntando copia íntegra del acto administrativo en mención y se hace saber que contra el mismo no procede recurso alguno.
El texto resolutivo del Acto Administrativo Resolución No. 3068 del 29 de marzo de 2019, es el siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO: Revocar en todas y cada una de las partes las las Resoluciones No. 6781 del 18 de julio de 2018 y de la No 566 del 28 de enero de 2019, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de éste acto administrativo.
ARTICULO SEGUNDO: Notificar a (el) (la) Señor(a) DIANA MARÍA ECHEVERRI TORRES, identificada con cédula de ciudadanía No. 42.126.015 el contenido de la presente resolución, haciéndole saber que contra la presente no procede recurso alguno, ni revive términos para el ejercicio de las acciones contencioso administrativas.
ARTICULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.”
(DANIEL LEONARDO PERDOMO GAMBOA – Secretario de Educación) Original firmado
Para: Establecimientos Educativos Oficiales y Privados del Municipio de Pereira.
La Secretaría de Educación Municipal de Pereira ha expedido la Circular No.177 del 22 de Abril de 2019, a través de la cual se dá a conocer las actividades que se llevarán a cabo durante los meses de Abril y Mayo, así como otra información relacionada con procesos administrativos en la SEM y Establecimientos Educativos Ofiales y Privados de la ciudad.
DIRECCIÓN DE COBERTURA EDUCATIVA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL MUNICIPIO DE PEREIRA.
Dando cumplimiento al artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, se publica la RESPUESTA AL SAIA 15233, ENVIADO POR EL SEÑOR LEIDER RIVERA VALENCIA, EL CUAL SOLICITA TRANSPORTE ESCOLAR PARA SUS HIJOS, DICHA RESPUESTA CORRESPONDE AL CONSECUTIVO DE SALIDA 14180 DEL 01 DE ABRIL DE 2019, la cual fue devuelta por el operador de correspondencia, ante la imposibilidad de localizar al destinatario.
Norma:
Notificaciones por Aviso: De acuerdo con lo establecido en el artículo 69, del capítulo V de la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que señala: "Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso".
Para: Directores Rurales.
la Secretaría de Educación del Municipio de Pereira se permite informar de la existencia de una (1) cargo Directivo Docente – RECTOR – con vacancia definitiva, por tanto en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 490 de 28 de marzo de 2016, modificado por el Decreto 2105 de 14 de diciembre de 2017, y la Circular 2017100000027 del 09 de febrero de 2017, emitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC-, y en aras de garantizar los derechos de carrera de los educadores, se convoca a: Directores Rurales, vinculados en PROPIEDAD en los establecimientos educativos del Municipio de Pereira, que cumplan requisitos para optar al respectivo cargo directivo – Rector, a postularse para ocupar mediante la figura de ENCARGO en dichas vacantes.
Para: Rectores, Coordinadores y Directivos Docentes de las Instituciones Educativas Oficiales de Pereira.
La Secretaría de Educación Municipal, a través de la Dirección de Cobertura Educativa, se permite informar a los Rectores, Coordinadores y Directivos Docentes, que el contrato vigente con POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS, referente a la Póliza de Accidentes Escolares, se vence el día 29 de marzo próximo; por tal motivo, el Municipio de Pereira ha adelantado el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía N°053-2019, dentro del cual ha sido seleccionado según Resolución N°2858 del 20 de marzo de 2019, el oferente EQUIDAD COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA OC., encontrándose en este momento en proceso de firma del contrato y legalización del mismo, para dar inicio a su cobertura a partir del día 1 de abril del año en curso.
Por lo expuesto anteriormente, les solicitamos muy comedidamente abstenerse de programar cualquier tipo de salida pedagógica los días 30 y 31 de marzo próximos, puesto que los alumnos no contarán con una Póliza de Accidentes vigente, en caso de cualquier tipo de percance, que pudiera ocurrir en el desarrollo de dichas actividades.